“Si yo estuviera comenzando de
nuevo mis estudios, me gustaría
seguir el consejo de Platón y
empezar con las matemáticas”
Galileo Galilei
Una cuestión trivial
Durante el Bachillerato tuve un profesor de matemáticas al que le gustaba repetir la palabra “trivial”, utilizándola para cualquier cuestión, independientemente de la dificultad que nos presentase para nuestro entendimiento el problema matemático.
La RAE la define en su primera acepción como “vulgarizado, común y sabido de todos”.
Leía la noticia adjunta referente a la adjudicación de plazas en los colegios atendiendo al criterio del sorteo mediante la letra del abecedario.
http://verne.elpais.com/verne/2015/12/21/articulo/1450708343_196121.html
Este hecho que se comenta en la Comunidad de Madrid lo puse en conocimiento público mediante carta al director en varios periódicos gallegos de carácter autonómico, además de remitirlo a la Consellería mediante recurso de alzada y al Valedor do Pobo. Posteriormente también al Defensor del Pueblo. En todos los casos con inexistencia de respuesta o evasivas en el caso de los defensores del ciudadano.
Además de una pequeña explicación de un caso se simpleza ejemplar, adjunté un estudio estadístico afectado por las plazas del comedor al que optaba mi hijo mayor, y del que quedó excluido.
Carta al Director – Marzo 2014 – Diario La Opinión de A Coruña
La fórmula “disparatada” utilizada por la Consellería de Educación de la Xunta de Galicia para proceder al “desempate” en la puntuación de admisión a los Colegios adolece de falta de igualdad. Veamos un ejemplo análogo:
Si 10 alumnos solicitan plaza en un colegio que dispone de 8 plazas y todos los alumnos poseen la misma puntuación se utiliza el criterio del sorteo de una letra para asignar preferencia según la primera letra del apellido.
Supongamos que el alfabeto se compone de 4 letras A, B, C y D para simplificar el ejemplo. Tenemos 3 solicitudes que comienzan su apellido por A, 2 con B, 3 con C y 2 con D.
Si realizamos una simulación de las solicitudes de los alumnos según apellido y las ordenamos alfabéticamente por apellido obtenemos el resultado: A1, A2, A3, B1, B2, C1, C2, C3, D1, D2.
Si en el sorteo resulta la letra A obtienen las 8 plazas A1, A2, A3, B1, B2, C1, C2, C3.
Si resulta B obtienen plaza B1, B2, C1, C2, C3, D1, D2, A1.Si resulta C obtienen plaza C1, C2, C3, D1, D2, A1, A2, A3.Si resulta D obtienen plaza D1, D2, A1, A2, A3, B1, B2, C1.
A1 posee un 100% de porcentaje de obtener plaza.C1 posee un 100% de porcentaje de obtener plaza. El resto de solicitudes un 75%. Todo ello sin necesidad de sorteo.
Resulta trivial observar que utilizando esta fórmula el porcentaje de oportunidades difiere debido al número de alumnos desigual que comparte letra a lo largo del alfabeto.
El porcentaje de oportunidades antes de celebrarse el sorteo es diferente siendo contrario a los principios de igualdad y equidad de oportunidades que promueve nuestra Constitución (Art.9 CE).
A continuación se reprodcue lo anteriormente comentado de una forma más gráfica:
Para profundizar un poco más os dejo una enlace al análisis más profundo de las plazas a las que optaba mi hijo cuyos listados de admitidos y suplentes fueron expuestos públicamente.
“Acceso a cálculo de porcentajes en función del apellido”
Por otro lado después de trasladar a los organismos a disposición del ciudadanos (cada cual que realice su análisis juicioso al respecto) merece atención la respuesta dada, ante estas evidencias matemáticas de carácter trivial, por parte del Valedor do Pobo (defensor del pueblo en el ámbito autonómico gallego) y del Defensor del Pueblo.
Extracto de la respuesta del Defensor del Pueblo (Expediente 14005993 Salida 05/11/2014):
Extracto de la respuesta del Valedor do Pobo (Expediente D.3.Q/19537/14 Salida 08/09/2014):